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La Dirección de OMIC y Desarrollo Local informa a comerciantes y empresarios, que se encuentra vigente la Resolución 7/2002: EXHIBICIÓN DE PRECIOS que establece el perfeccionamiento de los mecanismos que garantizan el derecho de los consumidores, a recibir la más completa información acerca de los precios de los bienes y servicios, que les son ofrecidos.
A continuación se transcriben los artículos de referencia:

Art. 2° - PRECIOS A EXHIBIR. Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a consumidores finales deberán indicar su precio expresado en moneda de curso legal y forzoso en la REPUBLICA ARGENTINA - Pesos-.
El mismo deberá ser el de contado en dinero efectivo y corresponderá al importe total que deba abonar el consumidor final.
Art. 3° - Cuando las mercaderías exhibidas no se comercialicen directamente al público, tal circunstancia deberá ser informada clara e inequívocamente mediante carteles indicadores.
Art. 5° - FORMA DE LA EXHIBICION DEL PRECIO. La exhibición de los precios deberá efectuarse por unidad, en forma clara, visible, horizontal y legible. Cuando se realice mediante listas, éstas deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público, y en los lugares de venta o atención a disposición del mismo.
Art. 24. - Infracciones. Las infracciones a la presente Resolución serán sancionadas conforme a las previsiones de la Ley 22.802.
Ante cualquier duda concurrir a la Dirección de Omic y Desarrollo Local, sita en Valle Fértil Nº 234 (Secretaría de Hacienda).

Información de Prensa Municipal- Noticias dpinamar.com.ar
Jueves, 01 de Septiembre de 2011

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